Las clases populares dan mayor importancia a la delimitación y posesión judiciales de sus terrenos que a los títulos de propiedad, razón por la que cuando se realiza alguna de esas diligencias, observan multitud de ceremonias que les den solemnidad y sea lo actuado imperecedero en la memoria de los asistentes.
En los casos de delimitación, deslindes, recorrida de mojones, concurre comúnmente, numeroso público y los indios antes de colocar el mojón, o en el límite reconocido por las partes interesadas, estiran a un niño que tenga vinculaciones con éstos, y le dan de azotes en nalga pelada, encargándole en cada latigazo, que se acuerde y grave en la memoria que en ese punto fué castigado y en seguida ponen la señal. El indiecito, con semejante recomendación, nunca se olvida del lugar ni de lo ocurrido y cuando llega a la vejez, siempre repite: «este es límite de estos terrenos, porque aquí me azotaron», y sus afirmaciones en juicio, son al respecto precisas, llenas de detalles y reunen las condiciones requeridas para una plena prueba, dando a los jueces mucha luz en caso de litigio. En la colocación de cada señal o Achachi, siguen el mismo procedimiento, hasta que, después de concluídas las diligencias se entregan a una franca diversión.
En las posesiones ministradas personalmente por los jueces, las solemnidades y gastos son mayores. El interesado acopia desde días antes, abundantes provisiones de comer y bebidas; llegado el día de la operación, conducen al juez con muchos miramientos al lugar en que debe verificarse el acto, y éste, a su vez, asume un aspecto tan grave y da tanta importancia a su persona, que despierta no vivo interés en los concurrentes. Ordena al actuario o secretario de su juzgado, lea los obrados que sean pertinentes, la solicitud del peticionario, el decreto que le ha cabido: pregunta si las partes y colindantes han sido notificados con ese decreto y si no ha habido oposición al acto; y en seguida, tomando de la mano al interesado le da posesión del terreno, consistiendo ella, en hacerle revolcar en el suelo, mientras los asistentes le arrojan piedras pequeñas, tierra, flores y yerbas. El actuante, aunque algunas veces con contusiones en el cuerpo, se levanta alegre y satisfecho, porque supone que no son los presentes los que le han lastimado, sino el suelo, que al recibirlo como a dueño le ha prodigado duras caricias.
El indio y el cholo, por más que estén en posesión real y efectiva de un terreno, sin ser molestados por nadie, nunca creen ser sus propietarios, sino han aprehendido, o no media una posesión judicial. Esta diligencia es de vital importancia para ellos, y la consideran como la única que pueda realmente dar vida a su derecho y orillar dificultades posteriores; en una palabra, la posesión lo es todo para ellos.
En semejante función, que toma las proporciones de una solemne fiesta de familia, no se arredran ante cualquier gasto ni se detienen en ocultar el placer y orgullo que en hacerlo experimentan.
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